sábado, 22 de noviembre de 2025

JUNTA DE PROPIETARIOS

 

¿Cuál es el principal problema que se presenta en la organización de un edificio?

Es el incumplimiento de los propietarios en el pago de las cuotas de mantenimiento, la solución es la INSCRIPCIÓN DE LA DIRECTIVA DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS del edificio, de está forma podrá iniciar una demanda judicial contra el vecino moroso, solicitando la cancelación de la deuda y los gastos que se incurran en el proceso serán asumidos por los morosos.

La Junta de Propietarios está constituida por todos los propietarios de zonas de propiedad exclusiva (departamentos, estacionamientos, depósitos, etc.) de una edificación, quinta, condominio, complejo Habitacional, etc.

Como toda agrupación de personas, la Junta de Propietarios necesita de una representación, siendo esta su Junta Directiva.

La Junta Directiva se elige por acuerdo de propietarios en una reunión de los mismos, debidamente convocada y respetando las formalidades establecidas en el Reglamento Interno.

Téngase presente que para la formalización del acuerdo adoptado por los propietarios es necesario la apertura, por parte de estos, de un libro de Actas, en el cual se anotarán todos los acuerdos que se adopten.

El Reglamento Interno es el documento que contiene las descripción de la edificación,  los derechos y obligaciones de los propietarios, las constitución y funciones de la Junta Directiva, entre otros.

La designación de los miembros de la Junta Directiva se inscribe en el Registro de Propiedad Inmueble, en la Partida Registral del Predio Matriz.


5ta Beneficios de inscribir a directiva de la junta de propietarios

  1. Podrá solicitar a Sunarp un RUC como junta de propietarios.
  2. Tendrá representación ante entidades públicas y privadas.
  3. Podrá realizar la cobranza de mantenimiento de los propietarios deudores.
  4. Resolución de controversias civiles.
  5. Podrá inscribir al personal del edificio en el régimen REMYPE.
  6. Podrá realizar la modificación del reglamento interno.

Cobranza de la cuota de mantenimiento

Vivir en un departamento o condominio trae consigo el pago de la cuota de mantenimiento. Este dinero sirve para el buen estado, reparaciones y mejoras de las zonas de uso común del edificio. El pago de la cuota de mantenimiento es de cumplimiento obligatorio por todos los propietarios.
Este pago se deberá realizar incluso si el propietario de uno de los inmuebles del edificio o condominio no hace uso de las zonas comunes o inclusive no viva en el predio.

Una pregunta que se hacen muchos propietarios es ¿Cuánto me corresponderá pagar? 
La cuota de mantenimiento dependerá del PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DE CADA PROPIETARIO establecido en su Reglamento Interno.




Multa por no declarar Rentas de Primera Categoría

 ¿Cuál es la multa por no declarar las rentas de primera de categoría?


En principio, esta infracción está vinculada con presentación de declaraciones declarativas e informativas, tipificadas en el numeral 1 del artículo 176 del código tributario.


No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.


Por otra parte, para revisar el valor de la infracción tributaria debemos revisar la Tabla II del Código Tributario.


Multa Rentas de Primera Categoría


La multa tipificada en la Tabla II del Código Tributario equivale al 50% de la UIT.


Miguel ¿Esta multa se paga por cada periodo no declarado?


Es correcto, se paga por cada periodo, adicionalmente, si subsanar de manera voluntaria tienes una gradualidad del 90%.


Debes tener en cuenta el cálculo de intereses, tanto para el tributo (renta de primera) y a la multa calculada.

domingo, 22 de octubre de 2023

SIRE

 Con fecha 30 de setiembre de 2023, se ha publicado la Resolución de Superintendencia N.º 000204-2023/SUNAT, mediante la cual la SUNAT posterga la obligatoriedad del uso del SIRE. Inicialmente, determinados contribuyentes se encontraban obligados a usar el SIRE desde octubre 2023; sin embargo, por las dificultades de su implementación, su uso ha sido diferido.

La finalidad de este cambio es facilitar la implementación del SIRE para los sujetos que emiten un número considerable de comprobantes de pago y que requieren de un tiempo adicional para culminar con la adecuación de sus sistemas a fin de implementar el SIRE.

A partir de enero 2024, los contribuyentes obligados deberán llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del SIRE.

La postergación de la obligatoriedad de su uso no resulta aplicable a los contribuyentes que se encuentran comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario, que tengan la obligación de usar el SLE-PLE y el SLE-Portal regulados por las Resoluciones de Superintendencia N.° 286-2009/SUNAT y 066-2013/SUNAT, respectivamente.

 

Contacte a nuestro equipo Tributario si desea una capacitación personalizada para sus trabajadores sobre el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos – SIRE.

domingo, 30 de julio de 2023

¿Cómo solicitar la prescripción de la deuda tributaria?

 La prescripción de una deuda tributaria no se declara automáticamente, esta debe ser solicitada por el deudor tributario ante la administración tributaria (SUNAT).

Esta solicitud puede ser presentada en cualquier momento, fuera o dentro de un procedimiento administrativo o judicial.

La solicitud de prescripción es un procedimiento administrativo mediante el cual el contribuyente o deudor tributario pide se declare la extinción de la acción para determinar la obligación, exigir su pago o aplicar sanciones, según sea el caso, debido al transcurso del tiempo.

La prescripción opera dentro de los siguientes plazos:

  1. Cuatro años, siempre que se haya presentado la declaración jurada correspondiente.
  2. Seis años, si no se presentó la declaración jurada.
  3. Diez años si se trata de tributos retenidos o percibidos que no hayan sido pagados.
  4. Cuatro años para solicitar compensaciones o devoluciones.

Trámite para solicitar la prescripción.-

Para solicitar la prescripción el deudor tributario debe presentar una solicitud indicando cual es la acción sobre la cual se pide la prescripción, es decir si se trata de:

  • La acción para la determinación de la obligación tributaria.
  • La acción para exigir su pago.
  • La acción para aplicar sanciones.

Esta solicitud debe contener la identificación de la deuda tributaria, código del tributo o multa y período tributario. Asimismo este escrito debe tener la expresión concreta de lo pedido, con los fundamentos de hecho y de derecho.

Evaluación.- Esta solicitud es evaluada por la administración tributaria en un plazo de 45 días hábiles desde su presentación.

En caso que la Sunat declare improcedente la solicitud u opere el silencio administrativo negativo, es decir si no se pronuncia dentro del plazo de evaluación descrito en el párrafo anterior, el deudor tributario puede interponer recurso de reclamación dentro de los 20 días hábiles de haber sido notificado con la resolución que declaró la improcedencia u opere el silencio administrativo negativo.

Contra la resolución que resuelva el recurso de reclamación se puede interponer recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal.

Comuníquese con nosotros al 940 250 017 para analizar su caso y encargarnos la tramitación de la declaración de prescripción.



JUNTA DE PROPIETARIOS

  JUNTA DE PROPIETARIOS Y COBRANZA DE LA CUOTA DE MANTENIMIENTO ¿Cuál es el principal problema que se presenta en la organización de un edif...